A partir de este 21 de junio entra en vigencia la normativa de SENASA (Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria), que establecerá severas restricciones en la autorización de Documento de Tránsito electrónico (DT-e) de animales para los productores que no contraten camiones “jaula” debidamente registrados ante el organismo sanitario. Entidades de productores y operadores de la cadena ya plantearon sus reparos a la medida.
Para conocer detalles, dialogamos con Tomás Cesio, referente del Servicio Nacional de Sanidad Agroalimentaria (SeNaSA) en el área de Sanidad Animal, oficina Tandil:
A través de un comunicado, Senasa explicó que “el programa busca que el Senasa tenga un mejor seguimiento del traslado de toda especie animal y que, quienes realicen la actividad mantengan vigente la habilitación del transporte, así como también aseguren las condiciones estructurales e higiénico-sanitarias del vehículo y el bienestar animal”. Dicha implementación apuntará a todas las especies: equinos, bovinos, aves comerciales, porcinos, ovinos y caprinos, con destino a frigoríficos (consumo interno y exportación), remates ferias, invernada y/o reproducción.